jueves, 21 de febrero de 2008

Per anar fent boca.....




Condena ejemplar a Calafell por los ruidos excesivos de la calle Monturiol
SARA SANS
Calafell
El Ayuntamiento de Calafell deberá controlar y si es preciso precintar los locales musicales de la calle Monturiol e indemnizar a una vecina por los daños morales y psíquicos sufridos por el exceso de ruido durante los últimos cinco años. El abogado de esta mujer calcula que la indemnización será la más alta impuesta hasta ahora en Catalunya: “Teniendo en cuenta los baremos aplicados hasta el momento, podría superar los 40.000 euros”, afirma Lluís Gallardo, letrado también de la Associació Catalana Contra la Contaminació Acústica (ACCCA).
El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha confirmado la sentencia, que había recurrido el Ayuntamiento de Calafell, en la que el juez condenaba el Consistorio por su pasividad ante las quejas por los ruidos nocturnos. Además de declarar la inactividad mostrada por el Ayuntamiento para acabar con el problema, la sentencia también destaca que esta situación ha lesionado derechos fundamentales como el de la salud, la intimidad y la inviolabilidad del domicilio de la demandante. Por esta razón, el TSJC ha condenado al Ayuntamiento a poner fin a los ruidos y a abonar a la vecina una doble indemnización: por una parte, por los daños psíquicos sufridos (se da por probado que el ruido provocó una depresión y una crisis neurológica a la mujer) y de otra, el daño moral, que se calcula en función del coste del alquiler del apartamento. “La indemnización será la más alta de Catalunya porque las denuncias se remontan a cinco años atrás y deberá abonarse hasta que realmente cese el ruido en la calle”, explica Gallardo.
El Ayuntamiento tiene ahora un plazo de dos meses para cumplir la sentencia. “Si no lo hace,
solicitaré al juzgado que la ejecute”, advierte el abogado. La vecina tiene su apartamento en la calle Monturiol, donde llegaron a concentrarse hasta 18 locales nocturnos. Las quejas de los vecinos, que también han recurrido al Síndic de Greuges, han sido contantes durante los últimos años, especialmente los fines de semana y en verano. Sin embargo, la firmeza de esta sentencia se debe a que el juez reconoce que el ruido provocó problemas de salud claramente diagnosticados a la demandante. Pese a todo, el Ayuntamiento recurrió la sentencia alegando que las mediciones aportadas por la vecina carecían de certeza, algo que ha descartado el TSJC, que incide en que el Consistorio conocía las quejas de los vecinos.




La vanguardia 23 de Febrer del 2008






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